Se comunica a todos los usuarios que para poder garantizar la continuidad del Foro de Ascensoristas se va a proceder a cerrar el uso del mismo durante los periodos de tiempo que sean necesarios para conseguir reducir el coste económico ocasionado por el consumo de Ancho de Banda y así poder garantizar, como mínimo, el coste que ocasionan el alquiler de los servidores. |
Moderador: Supervisores
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Creo que te equivocas. Si no te pagan tendrás que denunciarlo donde proceda, pero nunca puedes hacer dejación de tus obligaciones, puesto que hay un contrato firmado que te obliga a hacer el mantenimiento.altatension escribió:Hola JuanFran1975,
obviamente,si la empresa conservadora no COBRA....no procedera ha hacer las correspondientes revisiones mensuales,que estan obligadas ha hacer....SI COBRARAN !!!!.....es legal esta claro...no!!
Al igual que si no COBRAN,se desentienden del problema posible que ocurriera,ya se porque se pare,....lo que sea.
Eso tambien es legal esta claro...no!!!
Y por Ley......,si tu te conviertes en un moroso deudor con el banco,despues de haberte concedido un prestamo y tu no pagas,el banco no te da mas ..PASTA.
Es legal...no!!! te respalda la Ley.
Saludos.
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altatension escribió:Hola JuanFran1975,
obviamente,si la empresa conservadora no COBRA....no procedera ha hacer las correspondientes revisiones mensuales,que estan obligadas ha hacer....SI COBRARAN !!!!.....es legal esta claro...no!!
Al igual que si no COBRAN,se desentienden del problema posible que ocurriera,ya se porque se pare,....lo que sea.
Eso tambien es legal esta claro...no!!!
Y por Ley......,si tu te conviertes en un moroso deudor con el banco,despues de haberte concedido un prestamo y tu no pagas,el banco no te da mas ..PASTA.
Es legal...no!!! te respalda la Ley.
Saludos.
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No me queda claro, si la empresa no hace el mantenimiento como va ser la culpa del tecnico si pasa algo, sera culpable el ultimo que haya hecho la revision si pasará algo despues....pues iran a por el ultimo que haya pasado por la instalacion, pero no el mes o meses que no se hizieronELADA escribió:
Hola Alta. El problema es que tal y como están las leyes en España, si tú no cobras, debes acudir al Juzgado para resolver el litigio. Porque si, en base a ese supuesto impago dejas de prestar el servicio, el que está incumpliendo el contrato eres tú. Y si ocurre algún accidente derivado de ese incumplimiento, el que va a la cárcel como responsable civil y penal, es el ascensorista. Por supuesto representado en el jodido currela. Porque la empresa NUNCA, repito NUNCA pondrá por escrito que se deje de prestar el servicio por impago. Se limitará a advertir al currela que no vaya o le dirá que no haga la revisión. OJO, que luego lo negarán todo.
Todo esto por escrito.
Lo que debe hacer la empresa ante esta situación es, remitir un escrito a la comunidad o al propietario del ascensor, dando por finalizado el servicio según las estipulaciones del contrato.
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ELADA escribió: Hola Alta. El problema es que tal y como están las leyes en España, si tú no cobras, debes acudir al Juzgado para resolver el litigio. Porque si, en base a ese supuesto impago dejas de prestar el servicio, el que está incumpliendo el contrato eres tú.
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